En el artículo de hoy, Welex, despacho de abogados y economistas en Marbella, vamos a explicar qué es el modelo 210, es decir, el Impuesto Sobre la Renta de No Residentes, que afecta directamente a todos aquellos contribuyentes que no residen, fiscalmente hablando, en territorio español.

¿Qué es el modelo 210 en España y quienes están obligados a presentarlo?

Es importante entender bien qué es el modelo 210 y si estás obligado a presentarlo, por ello, diremos que es un impuesto que se grava sobre la renta de las personas físicas y empresas no residentes que se han obtenido en España.

Es un impuesto anual y la forma de presentarlo es mediante el modelo 210.

¿Cuándo se considera a una persona no residente fiscal en España?

Antes de hablar de quién está obligado a presentarlo y quién no, hagamos hincapié entre los residentes y no residentes fiscales en España.

Se considera residente en España a aquellas personas que permanecen más de 183 días durante el año dentro del territorio nacional, o también a aquellos que tengan el núcleo de su actividad económico dentro del país.

En el caso de ser considerando residente fiscal en España, no tendrás que hacer frente al IRNR (Impuesto Sobre la Renta de No Residentes), pero sí al resto de las obligaciones fiscales para residentes.

En resumidas cuentas, hay tres supuestos a los que a una persona no se la considera residente fiscal en España

1- Como hemos dicho, si una persona reside durante más de 183 en territorio nacional, Hacienda considera que es la residencia habitual del individuo, y por tanto debe tributar como tal. No obstante, ten en cuenta que, si por el contrario no sobrepasas ese límite, no se te considerará residente fiscal.

2- Si tu volumen principal de negocio no está en España, sino en otro país, entonces en ese caso, aunque tengas algún negocio en territorio español, no se te considerará residente fiscal, ya que, como hemo dicho, no es tu línea principal de ingresos.

3- Y el tercer supuesto tiene que ver con tu situación sentimental. Nos explicamos, en el caso de no estar separado legalmente del cónyuge y los hijos (siempre que sean menores de edad) dependan de dicha persona y además tengan su residencia habitual dentro del territorio español.

 

¿Quién está obligado a presentar el modelo 210 en España?

Bien, ya teniendo claro el punto anterior, sobre los residentes y no residentes fiscales, hay que aclarar que por el mero hecho de vivir fuera de España no tienes por qué estar obligado a presentarlo, por contra sí estarán obligadas:

A- Aquellas personas tanto físicas como jurídicas, que aún sin residir en territorio español, obtengan rentas aquí y no tributen al IRPF. Te ponemos un ejemplo, aquellos propietarios de inmuebles en España y, además, obtengan ingresos por alquilarlo.

B- Otro supuesto sería, que una persona física resida por motivos de trabajo en territorio español, pero tenga nacionalidad de otro país, como, por ejemplo, un diplomático o funcionario de otro país.

C- También aquellas entidades que se hallen en régimen de atribución de rentas constituidas en un país extranjero.

¿Cuáles son los nuevos tipos de gravamen del IRNR?

Es importante mencionar que, en la última reforma fiscal, se cambiaron los tipos de gravamen del Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Entonces, ¿cómo queda este punto ahora? Te preguntarás.

Pues bien, has de saber que, si eres residente de un país de la Unión Europea, Noruega o Islandia, estás de enhorabuena, ya que estos tipos impositivos se bajaron al 19% respectivamente.

Para el resto de ciudadanos o entidades de otros países, que no se encuentren dentro del os anteriormente citados, el tipo de gravamen en el IRNR es del 24%.

Hay que puntualizar que este tipo de gravamen sobre el Impuesto de la Renta de No Residentes puede variar dependiendo de la actividad económica sobre la que se grava. Si lo necesitas, en la página oficial de la Agencia tributaria detallan los gravámenes del IRNR para la presentación del modelo 210.

Aunque para presentar el modelo 210 del IRNR correctamente, lo mejor es contar expertos asesores fiscales que conozcan la normativa en profundidad para no cometer ningún error en su declaración.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies