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Welex, despacho de abogados y economistas en Marbella, va a explicar en detalle información sobre el documento privado de aceptación de herencia en España.

Una herencia en España se puede aceptar tácitamente, a través de la realización de actos que implican una voluntad inequívoca de convertirse heredero.

También se puede aceptar de forma expresa, a través de la firma de un documento público (Escritura de aceptación de Herencia) ante notario, o la firma de un documento privado.

A continuación, uno de nuestros profesionales de Welex, despacho de abogados en España explica cómo aceptar una herencia mediante un documento privado, también llamado instancia privada.

Se trata de un documento redactado por un gestor, asesor o abogado, cuyo contenido es similar a la escritura que se firmaría ante un notario, sin la necesidad de que intervenga un notario.

El documento privado de aceptación de Herencia en España debe de contener como mínimo:

  1. Datos del causante y fecha del fallecimiento
  2. Datos del testamento o declaración de herederos.
  3. Datos de los interesados en la herencia, así como su relación con el causante.
  4. Se deberá de redactar un inventario de todos los bienes que el fallecido tenía al momento del fallecimiento, así como una valoración de estos.
  5. Se deberá de hacer el reparto de los bienes entre los herederos, siguiendo las instrucciones que se establecen en el testamento.
  6. Se deberá de firmar por todos los herederos, mostrando así su conformidad.

Para que este documento sea válido, eficaz y legal en España, deberá de ir acompañado por los siguientes documentos:

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades
  • Testamento o en su caso Declaración de herederos.
  • Para acreditar el lazo de parentesco, libro de familia.
  • Certificados bancarios, para acreditar las cuentas y las cantidades que están poseían al momento del fallecimiento.
  • Para acreditar los bienes inmuebles, escrituras de compraventa o Notas simples de los mismos.

En resumen, se deberá aportar documentación acreditativa de todos los bienes incluidos en el inventario en España.

Sin embargo, si lo que se desea es la inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes a nombre del Heredero en España, los únicos documentos que el Registro acepta son las escrituras publicas notariales, por lo que, para esto, se deberá de aceptar la herencia ante un notario no siendo válida la instancia privada, con una sola excepción, cuando se trata de un único heredero.

En este último caso, cuando se trata de un único heredero, la ley permite que dicho documento privado donde se acepte la herencia tenga acceso al Registro de la propiedad, y se puedan cambiar la titularidad de los bienes, sin necesidad de escritura firmada ante notario en España.

Para ello, será necesario que un notario legitime la firma del heredero, dando de esta manera fe de que la firma contenida en la instancia privada pertenece al heredero.

 

Si tiene cualquier consulta sobre el documento privado de aceptación de herencia en España, o sobre cualquier tema de índole contable o fiscal, no dude en contactar con nuestras oficinas, estaremos encantados de asesorarle.

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